
Hogan Lovells 2024 Election Impact and Congressional Outlook Report
La especial situación en que nos encontramos ha hecho que nos replanteemos el modo en que vivimos e interactuamos con terceros a todos los niveles. Aquello a lo que en febrero estábamos acostumbrados resulta impensable a día de hoy: el COVID-19 ha supuesto definitivamente un antes y un después en cómo hacer las cosas.
Un claro ejemplo de cómo nos hemos tenido que adaptar (en aquellos casos en los que no se venía haciendo ya) es sin duda el ámbito docente o educativo. Hemos pasado del asistir a clase –en colegios, universidades o escuelas− a “conectarnos” a través de nuestros dispositivos e incluso realizar pruebas online para dar cumplimiento a las medidas impuestas en el estado de alarma y no poner en riesgo la salud de alumnos y profesores.
Ante este nuevo escenario en el que pruebas y exámenes se realizan a través de medios telemáticos, la comunidad educativa ha planteado la posibilidad de efectuar tratamientos de determinados datos biométricos para verificar la identidad de los alumnos. Así, tras una consulta “de urgencia”, la AEPD ha publicado un Informe (el “Informe”) en el que analiza las principales cuestiones relativas al uso de técnicas de reconocimiento facial con finalidades de identificación biométrica en el marco de la realización de pruebas de evaluación en entornos online.
Como no podía ser de otra manera (y así ha venido haciendo en sus publicaciones más recientes), la AEPD abre su Informe resaltando que en la actual pandemia y la declaración del estado de alarma se deberá respetar el derecho fundamental a la protección de datos personales, y en especial a los principios que lo conforman.
La AEPD continúa – en un ejercicio de prudencia y confianza en el avance en la desescalada hacia la “nueva normalidad” – apuntando que el empleo de las técnicas objeto de consulta implica una mayor intrusión en el derecho a la protección de datos personales y riesgo para la privacidad; y que, existen medidas alternativas menos intrusivas para la evaluación online.
En lo que respecta al análisis jurídico que realiza la AEPD acerca del empleo de técnicas de reconocimiento facial, destacamos las siguientes cuestiones generales de su Informe:
El principal problema que plantea en este caso el consentimiento es que no se entendería que se ha otorgado libremente, ya que el alumno no se encuentra en situación de igualdad con la Universidad en la que estudia (no es realmente libre para elegir, se siente obligado a dar su consentimiento o sufriría consecuencias negativas si no lo da).
Es por ello que, la posibilidad de admitir un consentimiento libre de los alumnos requeriría que a los mismos se les ofreciera la posibilidad de realizar dichas evaluaciones en una situación equiparable en la que no fuera necesario el tratamiento de sus datos biométricos (p.ej. presencialmente), y sin que la negación a otorgar su consentimiento se tradujera en consecuencias negativas importantes para ellos (p.ej. denegación de la posibilidad de matriculación, o suspensión automática de la asignatura en cuestión).
La AEPD determina que únicamente será válido el consentimiento de los alumnos a estos efectos cuando las Universidades determinen en sus normas de evaluación y en sus planes de formación los procedimientos de evaluación que acrediten la igualdad entre los alumnos que consientan el tratamiento de sus datos biométricos y los que no lo hagan.
Bajo estas premisas, la AEPD determina que no existe actualmente en el ordenamiento jurídico español una norma de estas características que permita la utilización de técnicas de reconocimiento facial en los procesos de evaluación y que cumpla todos y cada uno de los requisitos anteriormente mencionados.
[1] Estos sistemas de identificación se diferencian de aquellos que se limitan a verificar o autenticar a un individuo a través de procesos de búsqueda de correspondencias uno-a-uno (esto es, comparación de datos biométricos con una plantilla biométrica almacenada en un dispositivo).
Escrito por Patricia Suárez, Graciela Martín y Laur Badin