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AVISO DE PROPUESTA DE ACUERDO DE DEMANDA COLECTIVA SOBRE HONORARIOS Y COSTOS DE ABOGADOS – M.M.M., et al. v. SESSIONS, et al.

Si usted fue un niño extranjero que llegó a la frontera de EE. UU. con sus padres o guardián legal, fueron detenidos o puestos bajo custodia por el gobierno de EE. UU. juntos, pero luego fue separado por el gobierno de EE. UU. y mantenido aparte en diferentes instalaciones de inmigración, puede verse afectado por una propuesta de acuerdo de demanda colectiva.

Se ha llegado a una propuesta de acuerdo sobre honorarios y costos de abogados (“Acuerdo de Honorarios”) en una demanda colectiva llamada M.M.M. v. Sessions, 3:18-cv-1832-DMS (S.D. Cal.). Esta demanda tiene que ver con extranjeros menores de edad que llegaron a la frontera entre EE. UU. y México, fueron detenidos o puestos bajo custodia por el gobierno de EE. UU., fueron separados de sus padres o guardianes legales por el gobierno de EE. UU. y cuyas oportunidades de solicitar asilo pueden haberse visto afectadas. Las partes en la demanda ya han resuelto el fondo del caso. El Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito Sur de California debe decidir ahora si aprueba el Acuerdo de Honorarios que los abogados han negociado.

Este Aviso le informará sobre el Acuerdo de Honorarios. No se le está demandando y esto no es un anuncio. Si cree que el Acuerdo se relaciona con usted, lea este Aviso.

POR FAVOR, NO LLAME AL TRIBUNAL NI A LA OFICINA DEL SECRETARIO DEL TRIBUNAL PARA PREGUNTAR SOBRE ESTE ACUERDO.

¿De qué se trata la demanda?

M.M.M. v. Sessions es un caso del tribunal federal sobre la separación de niños de sus padres o guardianes legales en la frontera y la posterior supuesta infracción del derecho de los niños a solicitar asilo. Un caso como este se presenta en nombre de un grupo de personas que tienen reclamos legales similares (llamado "Clase"). M.M.M. v. Sessions se presentó a mediados de 2018 y afirmó que la práctica del gobierno de separar a las familias violaba la Constitución de EE. UU. y las leyes federales.

El Tribunal ha designado abogados para representar a la Clase. Se les llama "Abogados de la Clase" y su información de contacto se incluye al final de este documento.

Los demandantes y el gobierno acordaron previamente llegar a un acuerdo con M.M.M. en 2018 para brindar varias formas de reparación a la Clase en relación con sus solicitudes de asilo. Es posible que ya haya oído hablar de ese acuerdo, y puede encontrar más información sobre ese acuerdo de 2018 aquí: https://muslimadvocates.org/court-case/dora-v-sessions/.

En 2023 se alcanzó un segundo acuerdo de conciliación relacionado en el caso Ms. L. v. ICE, 18-cv-00428-DMS (S.D. Cal.), que incorpora a los miembros de la Clase M.M.M. Puede encontrar más información sobre ese acuerdo de 2023 en https://www.together.gov/mslvice. Los miembros de la Clase M.M.M. primero deben solicitar la reparación en virtud del acuerdo de 2023 y recurrir al acuerdo de 2018 solo si se les niega la reparación en virtud del acuerdo de 2023.

¿Quién está incluido?

Un niño puede ser un miembro de la clase afectada si:

  • Era un niño extranjero menor de 18 años al 15 de noviembre de 2018, que ingresó a los Estados Unidos en o entre los puertos de entrada designados con un padre extranjero,
  • Fue separado de su(s) padre(s) el 15 de noviembre de 2018 o antes,
  • Fue reunificado con su(s) padre(s) en virtud de la orden judicial preliminar emitida en Ms. L. v. U.S. Immigration and Customs Enforcement, No. 18-428 (S.D. Cal. 26 de junio de 2018), y

  • Ha estado presente físicamente de forma continua en los Estados Unidos desde el 26 de junio de 2018.

¿De qué se trata este acuerdo actual?

Las partes en M.M.M. ahora acordaron llegar a un acuerdo sobre la cantidad de dinero que se debe pagar a los abogados que presentaron el caso, por el tiempo y los gastos invertidos en el caso. Este Acuerdo de Honorarios no afectará ninguna reclamación que la Clase pueda tener por compensación monetaria de los Demandados relacionada con sus separaciones. El Acuerdo de Honorarios tampoco afectará el acuerdo previo de las partes que brindaba reparación a la Clase.

En resumen, el Acuerdo de Honorarios dice que los abogados de la Clase recibirán $450,000.00 en honorarios y costos de abogados.

Cualquier deuda que los Demandantes nombrados y los representantes de la clase deban a las agencias gubernamentales puede deducirse de la adjudicación de honorarios antes de que se pague a los Abogados de la Clase.

Si desea obtener más información, debe leer el Acuerdo de Honorarios o hablar con su abogado de inmigración, si tiene uno.

Tiene derecho a objetar el Acuerdo de Honorarios.

Si está de acuerdo con los términos del Acuerdo de Honorarios, no tiene que hacer nada.

Tiene derecho a decir lo que piensa sobre el Acuerdo de Honorarios antes de que el Tribunal decida si lo aprueba. Puede hacerlo presentando algo por escrito al Tribunal, asistiendo a una audiencia judicial sobre el Acuerdo, o ambas cosas.

Puede pedirle al Tribunal que deniegue la aprobación del Acuerdo de Honorarios. Si el Tribunal deniega la aprobación, el Acuerdo de Honorarios no se llevará a cabo y las partes podrían tener que litigar el asunto de los honorarios y gastos de los abogados ante el Tribunal.

  • Si eso es lo que desea, debe objetar el Acuerdo de Honorarios propuesto por escrito. Si objeta por escrito, también puede comparecer ante la Audiencia de Aprobación Final, ya sea en nombre propio o a través de su propio abogado. Si comparece a través de su propio abogado, usted es responsable de contratar y pagarle a ese abogado. Si el Tribunal aprueba el Acuerdo de Honorarios a pesar de cualquier objeción, se aplicará incluso si usted no está de acuerdo con el mismo.

Todas las objeciones escritas y los documentos de respaldo deben:

  • Identificar el siguiente nombre y número de caso: M.M.M. v. Sessions, 3:18-cv-1832-DMS (S.D. Cal.)
  • Presentarse de una de las siguientes maneras:
    1. Envíe su objeción por correo al Tribunal a:

      James M. Carter & Judith N. Keep U.S. Courthouse,
      Clerk’s Office United States District Court for the Southern District of California
      333 W. Broadway, San Diego CA 92101
      ATTN: M.M.M. v. Sessions Class Objection

    2. Presente su objeción en persona en la dirección anterior; o
    3. Envíe por correo electrónico una copia de su objeción a los abogados de la Clase a la información al final de este documento

  • Debe presentarse o ser recibida por los abogados de la Clase antes del 17 de marzo de 2025.

¿Cuándo y dónde decidirá el Tribunal si aprueba el Acuerdo de Honorarios?

La Audiencia de Aprobación Final está programada para el 18 de abril de 2025 a la 1:30 p.m. PST, en el Tribunal de Justicia de EE. UU. James M. Carter & Judith N. Keep, 333 W. Broadway, San Diego CA 92101. La fecha y la hora de la Audiencia de Aprobación Final pueden cambiar sin previo aviso.

La información sobre cualquier cambio en la fecha o la hora de la Audiencia de Aprobación Final estará disponible, mediante el pago de una tarifa, a través del sistema de Acceso Público a los Registros Electrónicos del Tribunal (PACER) en el siguiente sitio web, utilizando el número de caso 3:18-cv-1832-DMS: https://www.casd.uscourts.gov/cmecf/nextgen.aspx

¿Dónde puedo obtener más información?

Este Aviso resume el Acuerdo de Honorarios. No dude en hablar con su abogado de inmigración si desea obtener más información. El Acuerdo de Honorarios también está disponible en el siguiente sitio web: www.together.gov.

También puede comunicarse con los Abogados de la Clase por correo electrónico o correo postal:

[email protected] o Hogan Lovells US LLP 555 13th Street, NW, Washington, DC 20004