COVID-19 | España - Los consumidores podrán devolver sus compras después del estado de alarma

Entre las múltiples medidas adoptadas por el Ejecutivo español ante el estado de alarma decretado en el marco de la crisis sanitaria del covid-19 destaca una en materia de protección de consumidores y usuarios.

El artículo 21 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del covid-19 prevé la interrupción del plazo para la devolución de productos comprados por consumidores residentes en España tanto offline como online durante la vigencia del estado de alarma. En España, el plazo legal de devolución bajo el conocido como derecho de desistimiento es normalmente de 14 días para productos comprados online pero este se amplía ahora considerablemente mientras dure la actual situación extraordinaria.

Sin duda esta medida responde al propósito del Ministerio de Consumo del Gobierno de España de evitar los desplazamientos de los consumidores durante el estado de alarma por el coronavirus y al mismo tiempo garantizar el ejercicio del derecho de desistimiento. Se trata de una medida pionera en materia de protección de consumidores y usuarios y no sería de extrañar que otros países sigan este ejemplo.

Las preguntas fundamentales son las siguientes:

¿Afecta solo a las compras realizadas por consumidores?

¿Afecta solo a las compras online o también a las compras presenciales en los establecimientos físicos?

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